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¿En qué consiste la nueva Ley de Delitos Económicos y Responsabilidad Penal?

Los directores de empresas tienen el deber de diligencia, de cuidado y lealtad a la empresa que representan según los principios de gobierno corporativo, pero también regidos por la Ley 18.046 de Sociedades Anónimas. Cuando se habla de deber de cuidado desde la función del directorio, también se encuentra la Ley 20.393, denominada Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, que implementa el Modelo de Prevención del Delito en las organizaciones. Esta ley será modificada y se incorporarán nuevos delitos económicos y medio ambientales, instaurando un sistema especial de penas, inhabilidades especiales y multas para la criminalidad económica.

El gobierno corporativo no puede ser entendido en Chile como era antes. Debe haber una adecuación en el modelo de gestión y prevención. La implementación de la ley implica cambios en las organizaciones, en sus modelos de gestión y aseguramiento del comportamiento ético, incluso en su cadena de valor. Implica aumentar la prevención y los procedimientos, para evitar o minimizar los riesgos frente a los nuevos delitos incorporados en la ley.

Contenido general de la ley de delitos económicos

Nuevas normas penales de delitos económicos:

  • Delitos nuevos:

a. Violación de secreto empresarial.

b. Uso indebido de información confidencial.

c. Acuerdos abusivos de mayoritarios.

d. Delitos ambientales.

  • Modificaciones legales (Ley 21.121):

a. Negociación incompatible.

b. Delito de cohecho en la empresa.

Responsabilidad por delitos económicos

  • Delitos categóricamente económicos.
  • Delitos relativamente económicos.
  • Delito de receptación y lavado de activos.

Reforma ley de responsabilidad penal de personas jurídicas

  • Ampliación del catálogo a todos los delitos económicos y ambientales.
  • Responsabilidad por el giro y no solo por catálogo nominativo.

Reforma al comiso de ganancias.

  • Cambios al Código Penal.
  • Normas especiales.

¿En qué consiste la ley?

Consiste en una recalificación de alrededor de 270 delitos que hoy están contenidos y tipificados en 209 artículos de otras leyes vigentes. Esta recalificación implica que tienen las mismas penas pero con una calificación de su gravedad de forma diferenciada de otros delitos. Además, todos ellos entran ahora a la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Y, por tanto, responden también las empresas por ellos.

A través de esta recalificación, y la incorporación de atenuantes y agravantes especiales, resultará más probable que alguien deba cumplir pena efectiva de cárcel por ellos. También quien comete alguno de estos delitos puede quedar inhabilitado para ejercer cargos gerenciales y de firmar contratos con el Estado.

Por otra parte, se incluye la sanción de días multa que pueden llegar hasta los $189 mil millones de pesos.

¿Qué sanciones incorpora?

Todos los delitos recalificados contemplan sanciones penales en su tipificación original. Sin embargo, la ponderación especial que se establece sobre ellos considera factores agravantes que pueden hacer más probable la pena de cárcel efectiva. También se crean sanciones adicionales como reclusión parcial en domicilio. Se incorporan además sanciones de inhabilidad que pueden implicar que alguien no pueda ejercer cargos gerenciales por hasta 10 años y quedar impedido de contratar con el Estado de por vida. Los días/multa son sanciones económicas que se fijan en función de los ingresos de la persona y pueden llegar a $37 mil millones de pesos.

¿Qué implican los cambios a la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas?

Ahora se contempla la sanción de la “extensión” de la personalidad jurídica y no su “disolución”. Las sanciones económicas pueden llegar a los $189 mil millones de pesos o el 30% de las ventas o el doble de los beneficios obtenidos en forma ilícita.

¿Se crean delitos nuevos?

Sí, se crean varios delitos ambientales que estarán en la ley de medio ambiente y en el Código Penal. También se crea el delito de abuso de accionistas mayoritarios, entre otros. Por ellos también responderán las personas jurídicas.

¿Quieres comprender a cabalidad la nueva Ley de Delitos Económicos y Responsabilidad Penal? Tenemos el programa perfecto para ti.

Comprometidos con el desarrollo del buen gobierno corporativo en las empresas del país, en el IdDC hemos desarrollado un nuevo programa de formación sobre «Deberes Fiduciarios, Ley de Delitos Económicos y Responsabilidad Penal», el cual está dirigido a directores y gerentes generales que deseen conocer a cabalidad la normativa vigente y la nueva ley, así como también, comprender los métodos con los que cuentan para gestionar y controlar los riesgos de forma de no exponerse a incumplimientos, sanciones o multas.

Este programa tiene por objetivo entregar conocimientos básicos acerca del cumplimiento normativo por parte de las sociedades anónimas, de los deberes fiduciarios y de la responsabilidad civil, administrativa y penal de los directores por el incumplimiento.

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